Efectivamente, usted tiene varias opciones para solucionar sus problemas de endeudamiento, ya sea por la vía Administrativa o Judicial.
Debe saber que toda acción para el cobro judicial de una deuda prescribe luego del transcurso de cierto tiempo. Al efecto, existen prescripciones de corto tiempo, como aquella relativa a la acción de cobro del pagaré, el cheque o la factura, y prescripciones que requieren un mayor transcurso de tiempo, como aquella acción para el cobro de un mutuo.